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Cataluña entra en fase de emergencia por sequía
Foto: Cataluña entra en fase de emergencia por sequía | Pexels
Sequía

Catalunya, en emergencia por sequía: Consulta cuáles son las restricciones

Tiempo de lectura: 3 minutos
Cataluña entra en fase de emergencia por sequía
Foto: Cataluña entra en fase de emergencia por sequía | Pexels

202 municipios del área de Barcelona y de las comarcas de Gerona están en fase de emergencia por sequía.

¿Por qué es importante? La Generalitat ha declarado este jueves la emergencia por sequía, ante la situación de los embalses que abastecen a estas zonas por la falta de lluvias, y se verán afectados 202 municipios que estaban en preemergencia, y que suman 5,9 millones de habitantes.

En detalle: Se ha decidido declarar la emergencia en el sistema Ter-Llobregat después de que las reservas de estos embalses hayan bajado de los 100 hectómetros cúbicos, el umbral para entrar en emergencia.

  • En la emergencia, existen tres fases diferenciadas (I, II y III) que implican intensificar las restricciones según la crisis de la sequía empeore.
  • En el primero -lo que se activará ahora-, las dotaciones de agua se reducen a 200 litros por día y habitante para uso personal, comercial, industrial y lúdico. En los estadios dos y tres estos topes serán aún más bajos, de 180 y 160 litros por día y habitante, respectivamente.

Estas son las restricciones de la nueva fase de emergencia por la sequía:

Uso de agua para riego de jardines y zonas verdes

  • Los ayuntamientos podrán regar jardines y zonas verdes con aguas freáticas no potables e intentando ahorrar el máximo ahorro posible. En caso de que se llegue a la fase de emergencia III, el riego solo se permitirá para la supervivencia de árboles singulares o monumentales.

Uso de agua en campos deportivos

  • Se podrán regar los campos deportivos de césped natural en fase de emergencia y siempre que se utilicen aguas freáticas y se ahorre un volumen de agua equivalente al utilizado en el riego. En caso de llegar a la fase de emergencia II, se podrá garantizar el riego pero con el cierre total de las duchas.
  • En caso de llegar a la fase de emergencia III, se prohíbe la utilización de las duchas de las instalaciones deportivas.

Fuentes ornamentales y lagos artificiales

  • Queda prohibido el llenado total o parcial, salvo si es una balsa que sirve para refugio de fauna en peligro de extinción.

Piscinas

  • En fase de emergencia queda prohibido el llenado total o parcial de todo tipo de piscinas excepto: en las fases I y II se permitirá rellenar parcialmente las piscinas cubiertas en equipamientos en los que se realice una práctica deportiva federada. Para ello, los equipamientos tendrán que ahorrar el agua usada para rellenar, como por ejemplo el cierre de las duchas.
  • También se permite el llenado y rellenado de piscinas de uso terapéutico de los hospitales, residencias y centros de educación especial.
  • Las piscinas con agua de mar se podrán llenar total o parcialmente siempre que se realice sin conexión a las redes de abastecimiento y saneamiento.

Restricciones del uso diario

  • Se prohíbe la limpieza de cualquier tipo de vehículo, salvo en aquellos establecimientos que cuenten con sistemas de recirculación del agua.
  • Se prohíbe la utilización de duchas en las playas.
  • prohibidos los actos lúdicos, públicos o privados, que comporten la utilización de agua que sea apta para el consumo humano, como pistas de hielo, fiestas de espuma, juegos de agua o similares.

Otras medidas de ahorro del Pla de Sequera

  • Reducción del 80% del riego agrícola, del 25% de los consumos de agua en el sector de la industria y reducción del consumo de agua en los usos recreativos.
  • Los ayuntamientos pueden limitar o prohibir el uso de agua en instalaciones deportivas, públicas o privadas y en espacios lúdicos.
  • Al entrar en la fase de emergencia, se establece un máximo de 200 litros por habitante y día, que puede bajar a los 160 en caso de emergencia extrema.