Opinión
Juan Ignacio Soto Valle
Tiempo de lectura: 4 minutos
opinión

Listas cremallera

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El anteproyecto de ley de representación paritaria de mujeres y hombres aprobado el pasado día 7 de marzo por el gobierno de coalición de Pedro Sánchez nos afectará en muchos ámbitos; no solo en la política o en la economía. No es solo una reforma electoral, que también, es una reforma que traduce un cambio radical en cómo se está configurando un nuevo derecho de igualdad en términos constitucionales a las sociedades occidentales más avanzadas

Ya no estarán las cuotas del 60/40 de mujeres y hombres en unas listas electorales. A partir de ahora cada posición dentro de la lista alterna entre un sexo femenino y un sexo masculino desde el principio hasta el final

Esta iniciativa legislativa que se intitulará coloquialmente como la ley de las “listas cremallera” –las cosas son así ahora- tendrá un impacto que ahora es difícil de medir

En cierta manera, la iniciativa del gobierno entierra las cuotas de la ya obsoleta Ley de paridad de 22 de marzo de 2007. ¿Sin embargo, cómo estamos ahora, 15 años después de la primera iniciativa de representación igualitaria de hombres y mujeres en nuestro país? Pues no podemos decir que mal. El Parlamento español se situaba en paridad el año 2019 por encima de países como Finlandia o Suecia, con cifras de representación de las mujeres por encima del 42%. 

Es cierto que el sector público estatal –agencias, empresas públicas, fundaciones, etc. – han ido un poco a remolque, sin embargo, en general, está mejor posicionado que los Consejos de administración de las grandes empresas a las cuales se dirige la Directiva de la UE del año 2022 que obliga a partir del año 2026 que al menos el 40% de los administradores no ejecutivos de las empresas cotizadas sean miembros del sexo menos representado. Se tiene que decir que el último informe de la Comisión Nacional del Marcado de Valores (CNMV) del año 2021 certifica la presencia femenina en los consejos de administración de las empresas del IBEX en un 34,2%

Pero como decíamos la reforma aprobada por el Gobierno, será conocida por las “listas cremallera” y en eso volvemos, pues en la elaboración de las listas electorales -desde las elecciones locales hasta las elecciones en el Parlamento Europeo- ya no habrá las cuotas del 60/40 que, en realidad representaban una igualdad limitada según el lugar que ocupábamos mujeres y hombres en unas listas electorales que permanecen –y todo parece indicar que permanecerán en un futuro inmediato- cerradas en nuestro sistema de partidos. A partir de ahora, cada posición dentro de la lista alterna entre un sexo femenino y un sexo masculino desde el principio hasta el final. 

Hasta ahora, pocos países europeos hacen uso de las “listas cremallera”, mucho menos con el alcance que el nuevo proyecto de ley pretende. Francia, Suecia, Alemania y de forma menos obligada, Noruega y Austria dibujan un escenario todavía pionero y en construcción que necesita otras raíces para la consolidación de este nuevo derecho a la igualdad en el cual las estridencias no ayudan. 

El Parlamento español se situaba en paridad el año 2019 por encima de países como Finlandia o Suecia, con cifras de representación de las mujeres por encima del 42%

La configuración de las listas con la nueva norma de paridad no será fácil. Ahora, además en más, con la urgencia de una inminente convocatoria electoral. La llamada Ley de paridad de 2007 excluyó los municipios de menos de 3.000 habitantes del sistema de cuotas. Veremos en dónde queda ahora este límite en la España rural a dónde conformar listas electorales para las elecciones municipales no es una tarea nada fácil. Todo un reto por una reforma sorprendida.