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Elecciones municipales en Barcelona
Foto: Elecciones municipales en Barcelona | Principal/ Oliver de Ros
Elecciones generales

Qué hacer si estoy de vacaciones y me convocan a una mesa en las elecciones de julio

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Elecciones municipales en Barcelona
Foto: Elecciones municipales en Barcelona | Principal/ Oliver de Ros

En verano del 2023, España vuelve a votar. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado la convocatoria de elecciones generales el próximo 23 de julio y miles de ciudadanos volverán a ser llamados como miembros de mesa electoral. Todo ello, en un mes que escoge el 30% de españoles para irse de vacaciones.

¿Por qué es importante? El anuncio del presidente Pedro Sánchez de avanzar la convocatoria de elecciones generales ha sorprendido a todo el mundo y puede suponer un problema para todos aquellos que hayan reservado sus vacaciones de verano coincidiendo con el 23 de julio, o bien aquellos que todavía tengan planeado. Hay que recordar que los miembros de mesa electoral tienen la obligación de presentarse el día de las elecciones.

Contexto: El 30% de los ciudadanos españoles se marchan de vacaciones de verano el mes de julio. Además, varias comunidades hacen puente. Galicia, Castilla y León, Navarra y el País Vasco celebran el día de Santiago Apóstol el martes 25 de julio, de forma que muchas familias podrían aprovechar para marcharse cinco días, con el día de las elecciones por medio.

A la práctica: ¿Qué pasa si tienes billetes comprados o alojamiento reservado para el 23 de julio? ¿Irse vacaciones sirven de excusa para no ir a una mesa electoral si te han convocado? Te lo explicamos.

¿Cuándo son las elecciones generales del 2023?

Las elecciones generales del 2023 se celebrarán el domingo 23 de julio, tal como está previsto que publique el Boletín Oficial del Estado (BOE). De esta forma, el Gobierno no agotará la legislatura completamente hasta finales de año.

  • Así lo ha decidido el presidente Sánchez por los malos resultados del PSOE a las elecciones municipales del 28 de mayo. La intención es detener el golpe y evitar que el Partido Popular gane más fuerza después de que forme nuevos gobiernos en los territorios donde ha ganado.

¿Cuándo sabré si soy miembro de mesa electoral?

Los presidentes, los vocales y los dos suplentes para cada uno de ellos son escogidos por sorteo entre el 24 y el 28 de junio. Los ayuntamientos tendrán que notificarnos si hemos sido escogidos durante los siguientes tres días, a través de una carta certificada que recibiremos en casa y en mano.

¿Estoy obligado a ir a la mesa electoral?

Presentarse el día de las elecciones es obligatorio para los miembros de mesa electoral y sus sustitutos. La lista de excusas  que permiten rechazar el encargo no incluye ningún supuesto relacionado con unas vacaciones. La excusa más parecida podría ser el de tener agendado un acontecimiento familiar de especial relevancia y que no se pueda aplazar.

  • Por todo ello, puedes alegar que tienes reservadas unas vacaciones para el 23 de julio, pero nada garantiza que la Junta Electoral de Zona resuelva a favor tuyo.

¿Qué tengo que hacer si estoy de vacaciones el 23 de julio? 

Debes presentar toda la documentación de la que dispongas para demostrar que tienes este compromiso ya programado. Un ejemplo de ello es la fotocopia de los billetes de avión, tren o barco, así como de la reserva del alojamiento. Cuanta más información aportes, mejor.

  • También debes saber que la Junta Electoral muy probablemente no aceptará reservas posteriores a la fecha en la que te hayan notificado que has sido escogido miembro de mesa electoral.

¿Cuándo sabré si la Junta Electoral acepta mis alegaciones?

Los escogidos tienen siete días desde que reciben la carta para alegar ante la Junta Electoral de Zona una causa justificada y documentada que no les permita aceptar el cargo. Después, el órgano electoral tiene que resolver el caso en un plazo de cinco días.

¿Qué excusas puedo alegar para no ir a la mesa electoral?

Según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), pueden quedar exentos de cumplir con la obligación...

  • Los mayores de 65 años, que pueden pedirlo sin alegar ningún motivo. Los mayores de 70, directamente, son inelegibles.
  • Por motivos de salud, como tener una discapacidad, sufrir una lesión o enfermedad, o tener programadas pruebas clínicas e intervenciones quirúrgicas importantes.
  • Ser madre en periodo de lactancia o de baja por maternidad. También estar embarazada de más de seis meses, o de menos si es un embarazo de riesgo.
  • Tener que cuidar menores de ocho años o personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, o por razones de edad, accidente o enfermedad si no se vale por sí mismo y es de segundo grado de consanguinidad máximo. 
  • Haber sido escogido miembro de mesa electoral al menos tres veces en los últimos 10 años.
  • Estar internado en un centro penitenciario o en un hospital psiquiátrico.
  • Tener un acontecimiento familiar de especial relevancia y que no se pueda aplazar.
  • Haber cambiado la residencia habitual a otra comunidad autónoma, y no poder trasladarse.
  • En el ámbito profesional, trabajar como director o jefe de sección o de redacción de un medio de comunicación que cubra las elecciones, o trabajar como servicio esencial (sanitarios, protección civil, bomberos, policía...) el día de las elecciones.
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