Política
Un miembro de una mesa saca los votos de una urna
Foto: Un miembro de una mesa saca los votos de una urna | Clara Soler Chopo / Ajuntament de Barcelona
Elecciones Generales

La JEC decide hoy si revisa los votos nulos del 23-J, como pidió el PSOE

Actualizado: Lunes, 7 de Agosto de 2023. 08:00
Tiempo de lectura: 2 minutos
Un miembro de una mesa saca los votos de una urna
Foto: Un miembro de una mesa saca los votos de una urna | Clara Soler Chopo / Ajuntament de Barcelona

La Junta Electoral Central (JEC) decide este lunes si acepta la petición del PSOE para revisar los votos nulos emitidos en Madrid en las elecciones del pasado 23 de julio.

¿Por qué es importante? Los socialistas calculan que si se validaran solo el 4,43% de los 30.241 votos nulos emitidos, podrían 'recuperar' el escaño que ganó el PP con el voto en el extranjero.

¿Qué sabemos? La Junta Electoral Provincial (JEP) de Madrid tiene paralizada la entrega de credenciales a los electores para esta circunscripción a la espera de que la JEC se pronuncie sobre el recurso de los socialistas.

¿De dónde venimos? El PSOE presentó primero la petición a la Junta Electoral Provincial de Madrid, pero no la admitió. 

  • Entonces presentó un segundo escrito a la JEC al considerar que la JEP estaba infringiendo la normativa electoral por no revisar los votos nulos.
  • Por eso, pedía a la JEC que revocara la decisión de la JEP y aceptara la revisión de los votos.

En datos: El PSOE calcula que con 1.341 votos más, podría recuperar el escaño que cambió de bando con el voto emitido desde el extranjero.

En respuesta: La JEP determinó que aceptar la petición del PSOE implicaría una "dilatación injustificable" que afectaría "de forma desmesurada" a la realización del escrutinio general.

  • Además, expone que no considera que la revisión de los votos nulos altere "las diferencias que dan lugar al resultado final", y que la pretensión del PSOE tenía "una mínima posibilidad de éxito si solo se revisaran y validaran exclusivamente los votos de su candidatura".

Además, valoró que la petición no era "viable jurídicamente", porque la junta electoral "tiene como función revisar con plenitud de competencias las incidencias que constan en las actas de las mesas electorales", y que la jurisprudencia se refiere únicamente a la "apertura de los sobres para la verificación del contenido de las actas", lo que ya se había hecho.

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