Política
El magistrado intructor del Proceso, Pablo Llarena
Foto: El magistrado intructor del Proceso, Pablo Llarena | EFE
Exilio

Puigdemont recusa a Llarena por falta de imparcialidad con la amnistía

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El magistrado intructor del Proceso, Pablo Llarena
Foto: El magistrado intructor del Proceso, Pablo Llarena | EFE

Puigdemont mueve ficha. El expresidente de la Generalitat en el exilio, Carles Puigdemont, ha recusado este martes al instructor el proceso, Pablo Llarena, por falta de imparcialidad con la aplicación de una hipotética ley de amnistía.

¿Por qué es importante? La defensa de Puigdemont empieza a moverse en previsión de los movimientos de la justicia española que querrá torpedear una eventual amnistía que beneficie a los exiliados.

En profundidad: El abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, ha presentado un escrito ante el Tribunal Supremo donde sostiene que el pasado 11 de septiembre el magistrado Llarena pronunció una conferencia en la Facultad de Derecho de Burgos donde "se desahogó sobre las eventuales consecuencias y actuaciones que supondría en el supuesto de que se llegara a aprobar una ley de amnistía".

  • Según recoge el escrito del abogado Boye, Llarena habría afirmado que puede existir un "cuestionamiento de constitucionalidad" de una posible ley de amnistía y habría señalado que se tendría que estudiar "si el ordenamiento constitucional permite o no la amnistía y entonces se tendría que mirar si la posible ley es legítima o si se justifica". Es decir, que "si no es inconstitucional, si es procedente".
  • El juez instructor del Proceso argumentó que se tendrá que analizar "si hay una finalidad constitucionalmente legítima que justifica que se desactiven los principios constitucionales fundamentales".

¿Qué dice? Según el expresidente de la Generalitat en el exilio estas afirmaciones demostrarían que "en el hipotético caso de aprobarse para el poder Legislativo una norma de estas características, el magistrado instructor hará lo que esté en sus manos para impedir la aplicación en este caso concreto".

  • El abogado Boye sostiene que Llarena se tiene que apartar porque cae en la causa de recusación prevista en el artículo 219.10ª de la Ley orgánica del Poder Judicial a consecuencia de haber posicionado sobre una medida exclusivamente de carácter legislativo todavía no tramitada.