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Foto: | Europa Press
Violencia obstétrica

Una sentencia histórica establece que escoger entre parto o cesárea depende solo de la madre

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Un juzgado de Les Palmes de Gran Canària ha emitido la primera sentencia en España que establece que solo la persona gestante puede decidir entre un parto vaginal o una cesárea. Considera que se trata del "derecho fundamental" de la embarazada y que al ser vulnerado se trata de un caso de "violencia obstétrica".

¿Por qué es importante? La violencia obstétrica es, según la Organización Mundial de la Salud, la que "sufren las mujeres durante el embarazo y el parto al recibir un maltrato físico, humillación y abuso verbal, al igual que procedimientos médicos coercitivos o no consentidos".

  • Los últimos datos del estado español, de febrero de 2021, muestran que casi el 40% de las mujeres han sufrido este tipo de violencia. Un 44,4% considera que fue sometida a procedimientos innecesarios o dolorosos, y entre ellas, el 83,4% no había aceptado prácticas mediante un consentimiento informado.
  • La violencia obstétrica se puede dar tanto en el ámbito público como privado, y tanto por acción como por omisión.

¿Qué sabemos? El tribunal ha condenado la sanidad canaria a pagar una indemnización de un millón de euros a una mujer por imponerle a un parto vaginal de gemelos que duró 17 horas. A la sentencia, en la cual ha tenido acceso EFE, el juez determina que se trata de un caso de "violencia obstétrica".

  • El parto fue natural y uno de los gemelos nació con lesiones cerebrales irreversibles a raíz del sufrimiento durante las largas horas de parte.

¿Qué dice la sentencia? La sentencia dice que la mujer no fue informada "de las circunstancias en que se desarrollaba su parto, ni de las ventajas ni desventajas, peligros y riesgos del parto natural ante la cesárea, con la finalidad que ella misma, correctamente informada, bajo su responsabilidad, pudiera decantarse por una u otra posibilidad".

  • Afirma que la decisión médica sometió madre y recién nacido a "un extenuante parto" con resultados que nunca ninguna cantidad podrá compensar.
  • El juez reprocha al Servicio de Salud Canario tener "una concepción patriarcal de la mujer, desdeñosa con su capacidad de autodeterminación".

¿Qué dice la denunciante? La mujer declaró que "los médicos del SCS no valoraron todos los factores de riesgo ni de pérdida de bienestar fetal que se dieron antes y durante el parto, que claramente aconsejaban acabar el parto mediante una cesárea."

  • Asegura que "la actuación de los médicos llegó tarde y que solo reaccionaron cuando se dieron cuenta de su error".

Conclusión: El texto claro está: "La decisión final no es del facultativo, sino de la paciente, bajo su responsabilidad, una vez haya sido correctamente informada de su situación ni de las alternativas existentes, en este caso el parto natural o la cesárea".

  • Esta resolución no había sido nunca antes dictada al estado español.
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