Economías
Logotipo de la Agencia Tributaria en una oficina donde una funcionaria atiende a un contribuyente
Foto: Logotipo de la Agencia Tributaria en una oficina donde una funcionaria atiende a un contribuyente | Europa Press
Economía

Los cambios en la Declaración de la Renta 2022 que debes saber para presentarla

Tiempo de lectura: 3 minutos
Logotipo de la Agencia Tributaria en una oficina donde una funcionaria atiende a un contribuyente
Foto: Logotipo de la Agencia Tributaria en una oficina donde una funcionaria atiende a un contribuyente | Europa Press

La campaña de la Declaración de la Renta del 2022 llega con importantes cambios que todo contribuyente tiene que conocer para tramitarla este año. Te los explicamos.

¿Por qué es importante? Este es un trámite anual que tienen que hacer millones de trabajadores en España para declarar los ingresos y beneficios del último año y mantenerse así dentro de la normativa fiscal.

Las fechas clave: 

  • Martes 11 de abril de 2023: es el día que empieza la campaña este año para los contribuyentes que la tramiten de forma telemática, presentando la declaración a través de la web de la Agencia Tributaria.
    • A partir de esta fecha, podrás hacer el borrador, rehacerlo y presentarlo, sea de nuevo o con los datos que ya tiene el sistema, siempre que sea online.
  • Viernes 5 de mayo: si quieres hacerla vía telefónica, te interesa esta fecha. Para hacerlo, hay que pedir cita previa en los teléfonos 91 535 73 26 / 901 12 12 24 / 91 553 00 71 / 901 22 33 44, con horario de 9 a 19.
  • Jueves 1 de junio: a partir de esta fecha, la Agencia Tributaria permitirá recibir visitas presenciales en sus oficinas para que un funcionario te confeccione la declaración. 
  • Martes 27 de junio: acaba el plazo para los contribuyentes con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.
  • Jueves 29 de junio: último día para pedir cita previa para hacer la declaración.
  • Viernes 30 de junio: último día para presentar la declaración de la renta. No se aceptarán más una vez acabado este plazo; en caso de que la presentes después, te expones a una multa.

Infografía | Oliver de Ros

Los cambios: 

  • La actual campaña permite aplicar la deducción por maternidad a las madres de niños menores de tres años sin trabajo y que reciben prestaciones contributivas o asistenciales. Hasta ahora, hacía falta que hubiera tenido algún trabajo.
    • La deducción por maternidad es de 100 euros mensuales por cada hijo menor de tres años. Se puede pedir mensualmente o recibir en un único pago al hacer la declaración anual de la renta.
  • Asimismo, algunas comunidades autónomas aprobaron cambios en los tramos del impuesto con carácter retroactivo. Estas son Madrid, Galicia, Comunidad Valenciana, Andalucía y Murcia.
    • En la capital del Estado, la deflactación del IRPF permite a los madrileños ahorrarse una media de 46 euros, aunque las rentas más altas son las que salen más beneficiadas.
  • El Impuesto Temporal de Solidaridad es un nuevo gravamen complementario al Impuesto sobre el Patrimonio. Desde 2023, grava con una cuota superior todos los patrimonios superiores a los tres millones de euros.

¿Quién tiene que presentarla? Este es otro cambio con respecto a años anteriores.

  • Tienen que hacer la declaración los contribuyentes con dos pagadores e ingresos brutos superiores a 15.000 euros, cifra que antes era de 14.000.
  • Quien solo tenga un pagador, solo tiene que presentarla si sus ingresos por rendimientos del trabajo hayan superado los 22.000.
  • Si ninguno de estos es tu caso, no estás obligado a presentar la declaración, pero puedes hacer el borrador y comprobar si deberías pagar o, al contrario, recibirías dinero; y puedes presentarla si quieres.

Por otra parte: El nuevo ejercicio fiscal incorpora la ampliación de 18.000 a 21.000 los sueldos brutos que reciben una reducción del IRPF. El objetivo es ayudar a las familias vulnerables ante la inflación, cosa que ya se nota en las nóminas mensuales.

Para acabar: Estos son los pasos para cambiar la base de cotización que tienen que seguir los autónomos. 

Categoría: Economías
Etiqueta: Economía