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Foto: Bloques de pisos | Laura Guerrero / Ajuntament de Barcelona
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Nueva regulación para los alquileres de temporada y habitaciones: ¿qué cambia?

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Foto: Bloques de pisos | Laura Guerrero / Ajuntament de Barcelona

El Govern ha aprobado este miércoles un Decreto ley que amplía la contención de los precios de los alquileres a todos los arrendamientos temporales salvo los que tengan finalidades de ocio, vacaciones o recreativas.

¿Qué cambia? El decreto ley aprobado por el Govern establece que solo pueden considerarse alquileres de temporada los que tienen un uso vacacional y recreativo. El resto se considerarán alquileres de vivienda permanente y estarán sometidos a las reglas de contención de rentas.

  • La nueva regulación evita que puedan subirse los precios de los alquileres temporales destinados a fines laborales, profesionales, de estudios, asistencia médica u otras situaciones de tiempo limitado y que cubran necesidades de vivienda permanente aunque sea de duración temporal.
  • El Govern también ha regulado el alquiler de viviendas por habitaciones, por lo que a partir de ahora la suma de rentas pactadas en el conjunto de los contratos no podrá superar la renta máxima que le sería aplicable si se arrendara la vivienda completa.

En la práctica: La nueva normativa obligará a que todos los contratos de alquiler incluyan la causa del alquiler y si no se hace, se considerará que es una vivienda permanente, por lo que deberá aplicarse el límite de los alquileres.

  • Por otra parte, los anuncios y los contratos de alquiler deben informar sobre el precio de referencia, la renta del último contrato y si el propietario es una gran horquilla, y los ya publicados tendrán cinco días para incluir estos datos.

Sanciones.

  • Se considerará falta muy grave –con sanciones de 90.001 a 900.000 euros– que el precio del alquiler supere en un 30% el índice de referencia o hacer constar una causa falsa de alquiler en el contrato.
  • Alquilar por un precio entre un 10% y un 30% superior al del índice, no hacer constar la causa del alquiler o repercutir al inquilino los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato serán faltas graves, con sanciones entre 9.001 y 90.000 euros .Por último, será falta leve -con una multa de entre 3.000 y 9.000 euros- que los anuncios no incluyan el precio máximo de la zona, el importe del último contrato o la condición de gran horquilla del propietario, y alquilarlos por un 10% más del máximo permitido.
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