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Momento del beso entre Rubiales y Hermoso
Foto: Momento del beso entre Rubiales y Hermoso
Caso Rubiales

La Audiencia Nacional confirma que Rubiales irá a juicio por el beso forzado a Jenni Hermoso

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Momento del beso entre Rubiales y Hermoso
Foto: Momento del beso entre Rubiales y Hermoso

La Audiencia Nacional ha rechazado los recursos de apelación que presentó el expresidente de la Federación Española de Fútbol, Luis Rubiales y confirma que irá a juicio por el beso no consentido que dio a la futbolista Jennifer Hermoso.

¿Por qué es importante? La teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Marta Durántez, ya concluyó el pasado marzo que Rubiales "propinó" a Hermoso un beso en los labios "de forma sorprendente y sin consentimiento ni aceptación de la jugadora". Por eso, pide dos años y medio de cárcel para Luis Rubiales.

  • Además, según la fiscal, las "presiones" a las que se sometió la jugadora le crearon "una situación de hostigamiento que le impidió desarrollar su vida en paz, tranquilidad y libremente".

En detalle: La Sala de lo Penal ha rechazado tanto el recurso que presentó el expresidente federativo como el de los otros tres acusados: el director deportivo de la selección masculina, Albert Luque, el exentrenador de la selección femenina Jorge Vilda y el exresponsable de marketing de la Federación Rubén Rivera, que se sentarán en el banquillo por las coacciones a las que sometieron a la jugadora para que dijera que el beso había sido consentido.

  • En cuatro autos distintos, uno por cada acusado, la Sala rechaza los recursos de los exdirigentes de la Federación, que se enfrentan a un juicio por un delito contra la libertad sexual y otro de coacciones.

¿Cómo funciona? La Sección Tercera de la Sala de lo Penal explica que en la fase procesal en la que se encuentra la causa no se persigue la acreditación de hechos, sino que se trata de un impulso procesal en el que el órgano instructor debe valorar si hay indicios para continuar la tramitación del procedimiento.

  • En este caso, la Sala considera que los hechos que se describen en el auto recurrido recoge indicios que encajan en la descripción típica de un delito contra la libertad sexual y otro de coacciones ya sean del 172.1 del Código Penal o de carácter leve.
  • El tribunal indica que las consecuencias jurídicas "del beso y del constreñimiento no pueden ser objeto de valoración en este momento" y advierte a Luis Rubiales y a los otros recurrentes que no pueden pretender en este trámite procesal confrontar las declaraciones como si se tratase del juicio oral.