Opinión
Joan Ridao
opinión

Sedición: Un paso adelante

Una vez constatadas las dificultades objetivas en obtener una amnistía por los hechos del 1-O y de otros conexos, el objetivo acordado en la mesa del diálogo este mismo verano tenía que ser la supresión del delito de sedición y la reforma del de malversación. En otras palabras, como ya pasó con los indultos, conseguir en pequeñas piezas los efectos de la amnistía, ahora por la vía de operar las modificaciones necesarias del Código Penal. El objetivo es que puedan salir indemnes pronto las 500 personas damnificadas por las diferentes actuaciones judiciales de carácter penal o de responsabilidad contable.

El objetivo de la mesa de diálogo, en otras palabras, es conseguir con pequeñas piezas los efectos de la amnistía, ahora por la vía de operar las modificaciones necesarias del Código Penal

Eso no quita que haya que explorar la reforma de la malversación, para volver a la situación anterior a 2015, cuando el PP la modificó para prescindir de un elemento como el aprovechamiento personal. Sin embargo, sea como sea, la supresión del delito de sedición es muy relevante. No se olvide de que hasta hace cuatro días esta posibilidad generaba un notable escepticismo en amplios sectores, ya fuera por su trascendencia política, sobre todo ante la previsible reacción de la derecha política y mediática, ya fuera la mala acogida que tendría, cómo así ha sido, entre elementos del poder judicial y sobre todo del Tribunal Supremo.

La reforma ha ido acompañada de una modificación del delito de desórdenes públicos, con voluntad de concretarlo, y que incluye ahora el concepto de intimidación. El esquema es fácil de entender: si se suprime la sedición, se clarifica el de desórdenes violentos que existe en todos los ordenamientos del mundo. Eso no es lo mismo que crear un nuevo delito contra la Constitución, contra la forma de Estado o reintroducir el delito de referéndum ilegal. No obstante, ha soltado algunas críticas que creo que no ponderan lo suficiente algunos factores: primero, que la acusación de desórdenes públicos ya no se podría aplicar porque, como constató el Tribunal Supremo durante el juicio del 1-O, no encajaba por ningún sitio; segundo, que, a pesar de la mejora que supondría su reforma, parece dudoso de entrada que se pueda sostener la malversación de dinero público como delito autónomo, ya que el mismo Tribunal lo apreció en concurso ideal con la sedición y no como delito autónomo; tercero, desaparece la sedición, con penas de hasta 15 años, y el delito de desórdenes públicos, que ya existe, está castigado con penas muy inferiores, y se eliminan elementos como la inducción —que sirvió para juzgar Tamara Carrasco-, o las amenazas, que también desaparecen.

La reforma es positiva. Producto de la negociación y de intereses políticos, pero también de la incomodidad que provoca en el Gobierno la continua desautorización de la justicia europea

En conjunto, la reforma es positiva, pues. Producto de la negociación y de intereses políticos, ciertamente, pero también de la incomodidad que provoca en el Gobierno la continua desautorización de la justicia europea. La respuesta de la derecha era esperable, calificando Sánchez de traidor y convocando una manifestación. Aquella del PSOE oficial y de algunos barones, también, subrayando que el acuerdo servirá para neutralizar el independentismo y hacer ver, incluso, que los exiliados tendrán que rendir cuentas. Lo doy por descontado. No tanto las críticas que desde posiciones maximalistas quieren hacer creer que la reforma da cobertura para seguir persiguiendo igual que ahora el 1-O, o que ahora se podrá perseguir cualquier forma de ejercicio del derecho de manifestación. Y claro está, los adversarios del independentismo se benefician de la falta de unidad de acción. Quizás es que falta perspectiva para valorar todavía la trascendencia de los hechos, empezando por el terremoto que se vive ahora mismo en el Tribunal Supremo, ya muy tocado en su día por los indultos.

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