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Colegio electoral en Barcelona
Foto: Colegio electoral en Barcelona | Oliver de Ros | Principal
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La JEC no revisará los votos nulos de Madrid y Sánchez sigue dependiendo de Junts

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Colegio electoral en Barcelona
Foto: Colegio electoral en Barcelona | Oliver de Ros | Principal

La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido que no revisará los votos nulos emitidos en Madrid en las elecciones del pasado 23 de julio como había pedido el PSOE. Por lo tanto, los independentistas de Junts siguen teniendo la clave para la investidura de Pedro Sánchez.

¿Por qué es importante? Los socialistas esperaban, con esta revisión, que se validaran al menos el 4,43% de los votos con el fin de recuperar el escaño que ganó el PP con el voto en el extranjero.

  • Pero la JEC ha decidido no llevar a cabo esta revisión y, por lo tanto, los resultados se mantienen y Sánchez sigue necesitando a Junts. 

En detalle: La JEC solo ha aceptado revisar tres votos impugnados. El primero, declarado nulo porque era una lista del PP partida por la mitad.

  • El segundo, un voto del PP que tenía una letra 'S' escrita al final de la lista de candidatos.
  • El tercero, un voto que tenía la lista de candidatos tachada.

La situación actual: Este periplo ha supuesto un paro de la entrega de credenciales de los diputados a fin de que el próximo 17 de agosto puedan empezar la legislatura.

  • Ni Alberto Núñez Feijóo, ni Pedro Sánchez, ni Santiago Abascal ni Yolanda Díaz han podido entregar todavía la documentación requerida. Ahora ya lo podrán hacer.

¿Qué sabemos? El PSOE presentó primero la petición a la Junta Electoral Provincial (JEP) de Madrid, pero no la admitió. 

  • Entonces presentó un segundo escrito a la JEC al considerar que la JEP estaba infringiendo la normativa electoral para no revisar los votos nulos.
  • Por eso, pedía a la JEC que revocara la decisión de la JEP y aceptara la revisión de los votos. Hoy la JEC ha rechazado sacarlo adelante.

En respuesta: La JEC ha revalidado las reflexiones de la JEP. Y esta determinó que aceptar la petición del PSOE implicaría una "dilatación injustificable" que afectaría "de forma desmesurada" a la realización del escrutinio general.

  • También expone que no considera que la revisión de los votos nulos altere "las diferencias que dan lugar al resultado final", y que la pretensión del PSOE tenía "una mínima posibilidad de éxito si solo se revisaran y validaran exclusivamente los votos de su candidatura".

Además, valoró que la petición no era "viable jurídicamente", porque la junta electoral "tiene como función revisar con plenitud de competencias las incidencias que constan en las actas de las mesas electorales", y que la jurisprudencia se refiere únicamente a la "apertura de los sobres para la verificación del contenido de las actas", lo que ya se había hecho.

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