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El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz
Foto: El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz | A. Pérez Meca / Europa Press
Ley del 'solo sí es sí'

Fiscalía sugiere alternativas en casos de rebaja de pena por la ley del 'solo sí es sí'

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El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz
Foto: El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz | A. Pérez Meca / Europa Press

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha abogado por valorar medidas alternativas, como libertad vigilada, en los casos en los que se produzcan rebajas de pena por la conocida como 'ley del solo sí es sí'.

¿Por qué es importante? Este martes, el PSOE consiguió tramitar la reforma de la ley del 'solo sí es sí' con el apoyo de PP, Cs, PDeCAT y PNB y con la oposición de Unidas Podemos.

  • La reforma aumenta las condenas y delimita las horquillas de penas. Las penas propuestas son las anteriores a la ley, las del Código Penal del 2010.

¿Qué esperar? En una circular enviada este jueves por el García Ortiz, se establecen las "pautas" a seguir por los fiscales ante las revisiones de sentencias a agresores sexuales.

  • Fuentes fiscales explican que el objetivo es que los miembros de la Junta de Fiscales de Sala estudien este borrador de cara a la reunión prevista para el próximo 16 de marzo.
  • Lo que se ha enviado este jueves es un documento con las directrices para que los fiscales de Sala puedan analizar las propuestas y debatirlas dentro de una semana.

¿Qué sabemos? En su propuesta, García Ortiz incide en que, a la hora de llevar a cabo las revisiones de pena, "los fiscales tomarán en consideración la totalidad de las normas aplicables con arreglo a la actual y a la anterior redacción del Código Penal", aplicando "aquella versión que sea en su conjunto más favorable al reo".

  • Reitera que, "como regla general, no procederá la revisión de las condenas firmes cuando la pena impuesta en la sentencia también sea susceptible de imponerse con arreglo al nuevo marco legal". 

No obstante, expone que, "excepcionalmente, cuando la aplicación estricta de esta regla provoque resultados manifiestamente desproporcionados, sí cabrá promover la revisión de las sentencias firmes".

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