Sociedad
Pancartas en una manifestación del 8-M
Foto: Pancartas en una manifestación del 8-M | Lola Pineda / Europa Press
Violencia machista

Rebajar penas "es engañoso": Crítica de un juez a la aplicación de la ley Solo sí es sí

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Pancartas en una manifestación del 8-M
Foto: Pancartas en una manifestación del 8-M | Lola Pineda / Europa Press

El juez Daniel Varona de l'Audiència de Girona ha emitido un voto particular, sobre la sentencia de un caso de violación, en que critica la interpretación mayoritaria que los tribunales catalanes, e incluso el Supremo, han hecho de la ley del Solo sí es sí. El juez expone en su voto, al que ha tenido acceso elDiario.es, que para rebajar una pena hay que tener en cuenta si esta era la intención con que se reformó la ley.

¿Por qué es importante? Es de los primeros magistrados que se posiciona abiertamente contra la actuación mayoritaria de los tribunales. Desde la entrada en vigor de la ley, en octubre de 2022, se han rebajado casi un millar de penas por delitos sexuales. A finales de abril, con la votación de la modificación aprobada por el PSOE y PP la polémica continuó.

¿Qué sabemos? Se trata de un caso de violación cometido en Girona el año 2018. Varona y los otros dos miembros del tribunal coinciden en que la condena tiene que ser por agresión sexual, pero discrepan con las penas que hay que aplicar.

¿Qué ha dicho? El magistrado Varona afirma que la nueva ley del Sólo sí es sí no implica una rebaja automática de las penas para el beneficio de los condenados. "El argumento de la supuesta rebaja de penas no es tal, y es engañoso", expone al juez en su voto particular.

  • El juez considera que se está haciendo una "interpretación equivocada" en los tribunales basada en el principio jurídico que dice que se tiene que aplicar el Código Penal más favorable al acusado.

La contradicción: Varona dice que se está dando una contraposición de principios jurídicos: lo que no permite condenar con leyes que no estén vigentes en el momento de cometer el delito, y el de aplicar la ley penal más favorable para el acusado.

  • Este segundo principio, necesita que una reforma penal modifique un delito para tratarlo "de forma más benévola". Un hecho que, apunta, no se da en la ley del Solo sí es sí.
  • "Es equivocado decir que la nueva ley ha querido considerar menos graves los casos de agresiones sexuales con penetración en los cuales se use la violencia o la intimidación", concluye el juez. Remarca que la última reforma, propuesta por el PSOE, demuestra que no era esta la intención.

En detalle: Para rebajar las penas ya sentenciadas, en aplicación de la ley del Solo sí es sí, por lo tanto, se tendría que contemplar si esta era la intención de la ley, la de tratar más favorablemente el delito. "La voluntad legislativa es relevante cuando nos planteamos la aplicación retroactiva de una ley penal posterior", argumenta Varona.

  • El juez expone que "si la voluntad del legislador no era castigar menos las agresiones sexuales, por mucho que ahora eso sea 'de facto' posible, no se puede aplicar a hechos cometidos antes de su entrada en vigor".
  • Varona pone ejemplos en que no se han rebajado penas, porque la conducta delictiva se podría castigar con la misma pena con la nueva ley.

Además, el juez critica que los "malentendidos" se podrían haber evitado si los políticos hubieran llamado al nuevo delito "atentado sexual", de forma que quedara claro que este tipo penal no recoge exactamente las conductas castigadas por el anterior delito de agresión sexual, sino que suma los hechos considerados antes como abusos sexuales.