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Grifo y el pantano de Sau
Foto: Grifo y el pantano de Sau
Sequía

Las restricciones por la sequía en Catalunya: ¿qué ocurrirá cuando se entre en emergencia?

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Grifo y el pantano de Sau
Foto: Grifo y el pantano de Sau

El Govern de Catalunya ha anunciado las restricciones que se pondrán en marcha cuando el territorio entre en emergencia por sequía y afectarán al área de Barcelona y los municipios que dependen del embalse de Darnius Boadella (Alt Empordà).

¿Por qué es importante? Catalunya sufre una situación de sequía extrema. Hace meses que no llueve y los embalses catalanes se encuentran al límite.

Situación actual: Este martes, el ejecutivo catalán ha anunciado modificaciones en las restricciones por la sequía cuando Catalunya entre en estado de emergencia.

  • El conseller de Acció Climàtica, Alimentació y Agenda Rural, David Mascort, ha anunciado que todavía no se activa la alerta por sequía porque los embalses no han descendido del 16% de su capacidad.
  • Actualmente, las reservas de los embalses de las cuencas internas catalanas se encuentran en el 16,23% de su capacidad.
  • Sin embargo, el conseller del gobierno de Pere Aragonès ha avisado que si se cumplen las previsiones meteorológicas, y sigue sin llover con fuerza, las restricciones se podrían aplicar dentro de 15 días.

¿Qué sabemos? El Govern ha modificado algunas de las restricciones que presentó en el Plan de Sequera y ha flexibilizado algunas medidas para minimizar el impacto en los sectores más afectados, como el campesinado.

Éstas son las modificaciones y restricciones puntuales del Plan Especial de Sequía:

Uso de agua para riego de jardines y zonas verdes

  • Los ayuntamientos podrán regar jardines y zonas verdes con aguas freáticas no potables e intentando ahorrar el máximo ahorro posible. En caso de que se llegue a la fase de emergencia III, el riego solo se permitirá para la supervivencia de árboles singulares o monumentales.

Uso de agua en campos deportivos

  • Se podrán regar los campos deportivos de césped natural en fase de emergencia y siempre que se utilicen aguas freáticas y quienes se ahorre un volumen de agua equivalente al utilizado en el riego. En caso de llegar a la fase de emergencia II, se podrá garantizar el riego pero con el cierre total de las duchas.
  • En caso de llegar a la fase de emergencia III, se prohíbe la utilización de las duchas de las instalaciones deportivas.

Fuentes ornamentales y lagos artificiales

  • Queda prohibido el llenado total o parcial, salvo si es una balsa que sirve para refugio de fauna en peligro de extinción.

Llenado de piscinas

  • En fase de emergencia queda prohibido el llenado total o parcial de todo tipo de piscinas, salvo: en las fases I y II se permitirá rellenar parcialmente las piscinas cubiertas en equipamientos donde se realice una práctica deportiva federada. Para ello, los equipamientos tendrán que ahorrar el agua usada para rellenar, como por ejemplo el cierre de las duchas.
  • También se permite el llenado y rellenado de piscinas de uso terapéutico de los hospitales, residencias y centros de educación especial.
  • Las piscinas con agua de mar se podrán llenar total o parcialmente siempre que se realice sin conexión a las redes de abastecimiento y saneamiento.

Restricciones del uso diario

  • Se prohíbe la limpieza de cualquier tipo de vehículo, salvo en aquellos establecimientos que cuenten con sistemas de recirculación del agua.
  • Se prohíbe la utilización de duchas en las playas.
  • Quedan prohibidos los actos lúdicos, públicos o privados, que comporten la utilización de agua que sea apta para el consumo humano, como pistas de hielo, fiestas de espuma, juegos de agua o similares.

Otras medidas de ahorro del Pla de Sequera

  • Reducción del 80% del riego agrícola, del 25% de los consumos de agua del sector de la industria y reducción del consumo de agua en usos recreativos.
  • Los ayuntamientos pueden limitar o prohibir el uso de agua en instalaciones deportivas, públicas o privadas y en espacios lúdicos.
  • Al entrar en la fase de emergencia, se establece un máximo de 200 litros por habitante y día, que puede bajar a los 160 en caso de emergencia extrema.