Elecciones municipales 2023
Oficina de Correos
Foto: Oficina de Correos | Europa Press
Elecciones municipales

Se amplía el plazo para depositar el voto por correo: hasta el 25 de mayo

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Se amplía el plazo para poder votar por correo hasta el jueves 25 de mayo, tres días antes del día de las elecciones. Te explicamos todos los pasos para votar por correo. 

¿Por qué es importante? El próximo domingo 28 de mayo se celebran elecciones municipales por toda España. Si aquel día no puedes acercarte al colegio electoral para ejercer tu derecho al voto, puedes hacerlo antes por correo. 

  • Los votos por correo son igual de válidos que los votos que se hacen presencialmente durante la jornada electiva. El voto por correo es totalmente secreto y nadie, ni los miembros de la mesa, saben que se ha votado.

En detalle: La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado ampliar el plazo para depositar el voto por correo hasta el jueves 25 de mayo, un día más de lo que estaba previsto. 

  • Los ciudadanos podrán traer el voto en los horarios habituales de las oficinas.

El motivo: Correos había pedido al árbitro electoral poder ampliar el plazo para que los ciudadanos pudieran votar y por este motivo la JEC lo ha aceptado.

  • En un acuerdo hecho público este jueves después de la reunión del árbitro electoral, la JEC remarca que Correos "tendrá que extremar la diligencia para asegurar que los sobres con el voto pueden entregarse el día de la votación a las respectivas mesas electorales, dentro de los plazos legalmente establecidos."

¿Como votar por correo a las elecciones 2023? 

Si no has pedido el voto por correo ya llegas tarde. Los ciudadanos que podían solicitar su voto hasta el 18 de mayo, diez días antes de la jornada electoral. Si ya has pedido tu voto, te explicamos cómo votar. 

En detalle: Una vez hayas pedido tu voto por correo en la oficina de Correos tienes que rellenar el impreso de solicitud y volver a entregarlo a los trabajadores de la oficina. 

  • En el impreso de solicitud se tendrá que indicar la dirección donde se quiere que se envíe la documentación electoral, puede ser cualquier dirección: el lugar de trabajo, el domicilio o incluso un apartado de correos. 

Llenar documentación: ¿qué tengo que hacer? 

Una vez entregada la solicitud, entre el 8 y el 21 de mayo, recibirás toda la documentación necesaria para poder votar por correo. Aquí te explicamos que tienes que hacer si no recibes la documentación en casa para votar por correo a las elecciones

En detalle: A la dirección que se haya escogido se recibirá la siguiente documentación. 

  • Una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presenten a las elecciones municipales del municipio.
  • Uno sobre votación.
  • El certificado de inscripción al censo.
  • Un sobre donde estará escrita la dirección de tu mesa electoral.
  • Una hoja explicativa.

En la práctica: Una vez con toda la documentación necesaria tienes que escoger a qué candidatura quieres votar. Tienes que escoger la papeleta e introducirla dentro del sobre correspondiente. Si quieres votar en blanco, no se tiene que introducir ninguna papeleta.

  • Una vez hayas cerrado el sobre, introduce el voto y el certificado de inscripción del censo en el sobre donde está escrita la dirección de tu mesa electoral.
  • Importante: no introduzcas ningún documento donde se acredite tu identidad, ya que el voto se considerará nulo.

¿Dónde tengo que llevar el sobre? 

Una vez hayas cerrado el sobre con toda la documentación necesaria en su interior para votar, tienes que llevarlo a cualquier oficina de Correus y enviarlo por correo certificado. El envío es gratuito y tenso hasta el jueves 25 de mayo.