Opinión
Juan Ignacio Soto Valle
Opinión

Sentimiento constitucional

La Constitución norteamericana de 1789 es la constitución vigente más antigua. Adoptada trece años después de la Declaración de Independencia del 4 de julio de 1776, bajo una indudable influencia de Montesquieu y del principio de separación de poderes como baluarte jurídico e institucional para preservar la democracia. A lo largo de más de dos siglos de vigencia, la Constitución de los Estados Unidos nunca ha sido reformada. La adaptación de este texto constitucional a las necesidades del pueblo norteamericano, se ha realizado a través de sólo 27 enmiendas en aquello que los tratadistas denominan “mutación constitucional”.

Ahora que se habla tanto de si hace falta o no reformar la Constitución española de 1978 conviene tener presentes algunos elementos para medir qué se puede y qué no se puede esperar de la Constitución cuando esta es el resultado de un proceso constituyente democrático y del pluralismo político que vertebra y al mismo tiempo protege. Porque la verdadera Constitución no sólo tiene que regular los poderes públicos y sus relaciones entre ellos sino que, además, tiene que preservar y proyectar los valores democráticos y los derechos fundamentales sobre los cuales se asienta la sociedad.

España, desde la Constitución liberal de Cádiz de 1812, no ha tenido la misma suerte que el pueblo norteamericano y ha vivido pronunciamientos violentos contra el orden constitucional que han generado dolor, sufrimiento y regresión. Ahora, 44 años después del pacto constituyente de 1978, se habla con una cierta ligereza de la insuficiencia constitucional para resolver nuestro presente como sociedad. Seguramente desde el poder establecido —“constituido”, que dirían los constitucionalistas— no se dan los mejores ejemplos para romper esta visión fatalista de la Constitución, pero eso no es suficiente para desbaratar su fortaleza dentro de la realidad social, política e institucional de una Europa democrática libremente construida.

Ahora, 44 años después del pacto constituyente de 1978, se habla con una cierta ligereza de la insuficiencia constitucional para resolver nuestro presente como sociedad

La Constitución es un pacto, un compromiso que rebasa y corresponde a generaciones futuras. Los ciudadanos tienen que sentir que las normas constitucionales son suyas, que regulan sus conflictos y los protegen. Karl Loewestein nos advertía, sin embargo, de los peligros del distanciamiento entre la ciudadanía y la Constitución, de la falta de “sentimiento constitucional”. Aquí lo dejo.

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