Sociedad
Manifestación del 8M de 2022 en Málaga
Foto: Manifestación del 8M de 2022 en Málaga | Álex Zea / Europa Press
VIolència Machista

La separación equivale a divorcio para víctimas de violencia de género: El Supremo crea precedente

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Manifestación del 8M de 2022 en Málaga
Foto: Manifestación del 8M de 2022 en Málaga | Álex Zea / Europa Press

El Supremo ha creado precedente con una nueva sentencia con perspectiva de género. El tribunal ha reconocido que en casos de violencia de género, una separación de hecho puede equivaler a un divorcio.

¿Por qué es importante? Esta sentencia es un paso adelante hacia la mejora de las vidas de las víctimas de violencia de género y la prevención de otros tipos de maltrato, como la violencia económica, que ejercen muchos agresores separados de hecho de las víctimas.

¿En detalle? El caso en concreto que ha servido para marcar camino, es el de una mujer de Andalucía que reclamó una prestación, a raíz de la muerte de su padre, para familiares, convivientes, y personas que dependen económicamente del difunto, con una serie de requisitos a cumplir.

  • La Seguridad Social le negó esta ayuda porque en el momento de la defunción del padre, ella constaba como casada. Sin embargo, el mismo informe de resolución especificaba que la mujer convivía con su padre desde hacía al menos dos años y no tenía medios propios de subsistencia, tampoco tenía familiares con obligación legal y posibilidad de prestarle alimentos.
  • Esta decisión es la que ahora ha revocado el Supremo al considerar que, aunque estuviera casada, la mujer no convivía ni tenía ninguna relación con el hombre, ya que había sido víctima de violencia de género.
  • Así pues, establece que se tiene que poder leer la separación de hecho como un divorcio. El Tribunal, sin embargo, considera que los requisitos son claros y niega la prestación a la mujer, no sin reescribir la evaluación de los hechos con perspectiva de género, y apuntar a la necesidad de un cambio en la doctrina.

Los requisitos: haber convivido con el causante y a su cargo; ser mayor de 45 años y solteros, divorciados o viudos; acreditar dedicación prolongada al cuidado del causante; y no tener medios propios de vida. 

¿Qué dice la sentencia? El tribunal escribe que "en el caso del matrimonio cuando la separación de hecho es igualmente consecuencia de una situación de violencia de género, que por este motivo se tiene que equiparar en estos supuestos a la separación legal que la norma contempla como elemento habilitante para el acceso a la prestación a favor de familiares”.