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Una trabajadora
Foto: Una trabajadora | Ajuntament de Barcelona
Día de la Mujer

Hacer huelga el 8-M: todo lo que tienes que saber

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Una trabajadora
Foto: Una trabajadora | Ajuntament de Barcelona

Un año más, con motivo del 8-M, Día Internacional de la Mujer, organizaciones feministas y sindicado han vuelto a convocar paros por todas partes.

¿Qué sabemos? Este miércoles, pues, hay convocada una huelga general para protestar contra las desigualdades que sufren las mujeres.

  • Hay muchas maneras de dar importancia a estas reivindicaciones, una de ellas es dar apoyo a la huelga. Te explicamos cómo comunicarlo a la empresa y qué efectos puede tener.

En la práctica: Todas las personas asalariadas con un contrato laboral en vigor tienen derecho a participar en esta huelga del 8-M. Tanto las trabajadoras del sector privado como las del público.

  • Las trabajadoras autónomas que quieran también podrán no trabajar este miércoles, si bien su caso no sería descrito como una huelga en sentido estricto.
  • Los sindicatos han convocado huelga durante 24 horas. Por lo tanto, las trabajadoras que quieran no trabajar el 8-M, tendrán que hacerlo durante toda la jornada laboral. No pueden decidir hacer un paro durante algunas horas, podrían hacerlo si el paro fuera parcial. 

¿Qué pasa con mi sueldo? La empresa puede descontar el sueldo que corresponde a la jornada laboral de este día, así como la parte proporcional de las pagas extras.

  • Lo que no se puede hacer es que se descuente la parte correspondiente de este día a sus días de descanso, ya sean vacaciones, festivos, etc.

¿Cómo hacerlo? En caso de querer hacer huelga, no hay que avisar con antelación en el trabajo.

  • El derecho a la huelga está recogido en la Constitución y en el Estatuto de los Trabajadores, por lo tanto, la trabajadora no está obligada a informar con antelación a los superiores.
  • La empresa puede preguntarlo a las trabajadoras, pero no están obligadas a responder.  

Sin embargo: El Departament de Treball de la Generalitat ha decretado unos servicios mínimos para garantizar un funcionamiento normal de algunas actividades.

  • Estos servicios afectan principalmente en el sector público.
  • En caso de recibir una comunicación formal de la empresa convocándola para estos servicios mínimos, la trabajadora tendrá que ir al trabajo. Si no lo hace, podría ser penalizada vía régimen disciplinario. 
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